Multas y sanciones · UTM de agosto de 2026
Multas de la Ley 21.719: los montos, en UTM y en pesos
La nueva ley de protección de datos clasifica las infracciones en tres grados con techos de multa por cada uno — y un régimen de recargos, reincidencia y publicidad que suele pesar más que la multa misma. Aquí están los números, convertidos a pesos con la UTM del mes.
- Leve · hasta
- $358 millones
- Grave · hasta
- $716 millones
- Gravísima · hasta
- $1.433 millones
- Rigen desde
- 01-12-2026
Los tres grados de infracción
La ley enumera las conductas infractoras en tres catálogos cerrados Arts. 34 bis, ter y quáter y fija un techo de multa por grado Art. 35. Para las leves, la Agencia puede optar por una amonestación escrita en lugar de multa — que igualmente queda anotada en el registro público.
Montos en pesos
| Grado | Techo | Ejemplos en un colegio |
|---|---|---|
| LeveArt. 34 bis | 5.000 UTM≈ $358 millones | Página de transparencia incompleta; canal de contacto caído; responder una solicitud fuera de plazo o en forma incompleta. |
| GraveArt. 34 ter | 10.000 UTM≈ $716 millones | Tratar sin base de licitud o para un fin distinto; datos de NNA con infracción a la ley; vulnerar el deber de secreto o las medidas de seguridad; omitir el bloqueo temporal. |
| GravísimaArt. 34 quáter | 20.000 UTM≈ $1.433 millones | Tratar o ceder a sabiendas datos sensibles o de NNA en contravención; omitir deliberadamente el aviso de una vulneración; omitir la evaluación de impacto cuando correspondía. |
Conversión con la UTM de agosto de 2026: $71.649 según la tabla del SII. La UTM se reajusta cada mes.
Lo que agrava la cuenta
- Recargo del 50% si la infracción no se subsana dentro del plazo fijado, de hasta 60 días.
- Hasta el triple de la multa en caso de reincidencia dentro del período que fija la ley.
- 2% o 4% de los ingresos anuales para reincidentes en infracciones graves o gravísimas que no sean empresas de menor tamaño — se aplica lo más gravoso.
- Suspensión del tratamiento hasta por 30 días como sanción accesoria por gravísimas reiteradas en 24 meses (Art. 38). Para una operación escolar, un mes sin tratar datos es simplemente inviable.
Lo que la atenúa
Subsanar a tiempo, colaborar con la investigación y — la palanca estructural — contar con un modelo de prevención de infracciones certificado Arts. 49 a 51: es voluntario, pero opera como atenuante y su vigencia se anota en el mismo registro público. La lógica de fondo de la ley es una sola: quien puede demostrar diligencia con evidencia paga menos, o no paga.
El registro público de sanciones
Toda sanción se anota en el Registro Nacional de Sanciones y Cumplimiento Art. 39 — público, gratuito y electrónico — por cinco años. Para un colegio ese es el costo real: la multa se paga una vez; el registro lo lee cualquier apoderado durante un lustro de procesos de admisión.
El riesgo típico de un colegio
El catálogo gravísimo apunta directo al giro escolar: tratar o ceder a sabiendas datos sensibles o de niños, niñas y adolescentes en contravención a la ley. Y el grave incluye tratar datos de NNA con infracción — donde basta equivocarse en el tramo etario del consentimiento. Cómo funcionan esos tramos, los derechos y los plazos está en la guía completa de la Ley 21.719 para colegios; para saber dónde está parado su colegio hoy, el diagnóstico de 3 minutos es el punto de partida.
Preguntas frecuentes
Fuente: Ley 21.719, artículos 34 a 39, texto oficial en Ley Chile (BCN); UTM según el SII. Información general, no asesoría legal. Última actualización: 17 de agosto de 2026.
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